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Las Naciones Unidas es una organización internacional
fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51
países que se comprometieron a mantener la paz y la
seguridad internacionales, desarrollar relaciones
amistosas entre las naciones y promover el progreso
social, mejores niveles de vida y los derechos humanos.
Debido a su singular carácter internacional, y las
competencias de su Carta fundacional, la Organización
puede adoptar una decisión sobre una amplia gama de
cuestiones, y proporcionar un foro a sus 192 Estados
Miembros para expresar sus opiniones, a través de la
Asamblea General, el Consejo de Seguridad , el Consejo
Económico y Social y otros órganos y comisiones.
La labor de las Naciones Unidas llega a todos los
rincones del mundo. Aunque más conocida por el
mantenimiento de la paz, la Consolidación de la Paz, la
prevención de conflictos y la asistencia humanitaria,
hay muchas otras maneras de las Naciones Unidas y su
sistema (organismos especializados, fondos y programas),
que afectan a nuestras vidas y hacer del mundo un lugar
mejor. La Organización trabaja en una amplia gama de
cuestiones fundamentales, desde el desarrollo
sostenible, medio ambiente y la protección de los
refugiados, socorro en casos de desastre, la lucha
contra el terrorismo, el desarme y la no proliferación,
a la promoción de la democracia, los derechos humanos,
la gobernanza, el desarrollo económico y social y la
salud internacional, la limpieza las minas terrestres,
la expansión de la producción de alimentos, y más, con
el fin de alcanzar sus objetivos y coordinar los
esfuerzos para un mundo más seguro para esta y futuras
generaciones.
NOTA DE INTRODUCCIÓN
La Carta de las Naciones Unidas se firmó el 26 de junio
de 1945 en San Francisco, al terminar la Conferencia de
las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, y
entró en vigor el 24 de octubre del mismo año. El
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia es parte
integrante de la Carta.
El 17 de diciembre de 1963 la Asamblea General aprobó
enmiendas a los Artículos 23, 27 y 61 de la Carta, las
que entraron en vigor el 31 de agosto de 1965. El 20 de
diciembre de 1971 la Asamblea General aprobó otra
enmienda al Artículo 61, la que entró en vigor el 24 de
septiembre de 1973. Una enmienda al Artículo 109,
aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de
1965, entró en vigor el 12 de junio de 1968.
La enmienda al Artículo 23 aumentó el número de miembros
del Consejo de Seguridad de once a quince. El Artículo
27 enmendado estipula que las decisiones del Consejo de
Seguridad sobre cuestiones de procedimiento serán
tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros
(anteriormente siete) y sobre todas las demás cuestiones
por el voto afirmativo de nueve miembros (anteriormente
siete), incluso los votos afirmativos de los cinco
miembros permanentes del Consejo de Seguridad.
La enmienda al Artículo 61 que entró en vigor el 31 de
agosto de 1965 aumentó el número de miembros del Consejo
Económico y Social de dieciocho a veintisiete. Con la
otra enmienda a dicho Artículo, que entro en vigor el 24
de septiembre de 1973, se volvió a aumentar el número de
miembros del Consejo de veintisiete a cincuenta y
cuatro.
La enmienda al Artículo 109, que corresponde al párrafo
1 de dicho Artículo, dispone que se podrá celebrar una
Conferencia General de los Estados Miembros con el
propósito de revisar la Carta, en la fecha y lugar que
se determinen por el voto de las dos terceras partes de
los Miembros de la Asamblea General y por el voto de
cualesquiera nueve miembros
(anteriormente siete) del Consejo de Seguridad.
El párrafo 3 del mismo Artículo, que se refiere al
examen de la cuestión de una posible conferencia de
revisión en el décimo período ordinario de sesiones de
la Asamblea General, ha sido conservado en su forma
primitiva por lo que toca a una decisión de "siete
miembros cualesquiera del Consejo de Seguridad", dado
que en 1955 la Asamblea General, en su décimo período
ordinario de sesiones, y el Consejo de Seguridad tomaron
medidas acerca de dicho párrafo.
Preámbulo
NOSOTROS LOS PUEBLOS DE LAS NACIONES UNIDAS RESUELTOS
·
a preservar a las generaciones venideras del flagelo de
la guerra que dos veces durante nuestra vida ha
infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles,
·
a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del
hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana,
en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las
naciones grandes y pequeñas,
·
a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la
justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los
tratados y de otras fuentes del derecho internacional,
·
a promover el progreso social y a elevar el nivel de
vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,
Y CON TALES FINALIDADES
·
a practicar la tolerancia y a convivir en paz como
buenos vecinos,
·
a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz
y la seguridad internacionales,
·
a asegurar, mediante la aceptación de principios y la
adopción de métodos, que no se usará; la fuerza armada
sino en servicio del interés común, y
·
a emplear un mecanismo internacional para promover el
progreso económico y social de todos los pueblos,
HEMOS DECIDIDO UNIR NUESTROS ESFUERZOS PARA REALIZAR
ESTOS DESIGNIOS
Por lo tanto, nuestros respectivos Gobiernos, por medio
de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco
que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en
buena y debida forma, han convenido en la presente Carta
de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una
organización internacional que se denominará las
Naciones Unidas.
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